Hacienda despliega inteligencia artificial para cazar defraudadores fiscales

Los servicios de control central dependientes de la Dirección General de Impuestos (DGI) han implementado una nueva estrategia para perseguir a los defraudadores fiscales.
Los servicios de control central dependientes de la Dirección General de Impuestos "han activado" algoritmos inteligentes para perseguir a los defraudadores fiscales, según informan fuentes de Hespress. Su trabajo consiste en analizar las declaraciones fiscales que han recibido de los contribuyentes, antes de enviarles mensajes automáticos e inmediatos invitándoles a presentar declaraciones rectificativas, en el marco del procedimiento rápido de rectificación de impuestos previsto en los artículos 221 y 221 bis del Código General de Impuestos.
Así, cientos de contribuyentes, en su mayoría empresas y autónomos, han recibido mensajes de recordatorio inmediato de los inspectores de impuestos. Éstos habían detectado contradicciones en sus declaraciones fiscales y errores materiales importantes en el cálculo de las bases imponibles, especialmente los relacionados con el impuesto sobre la renta y el impuesto sobre el valor añadido. Estas novedades operativas, que ofrecen a los contribuyentes la posibilidad de regularizar su situación antes de pasar a la revisión fiscal, han desestabilizado a los contables de las empresas y a los expertos contables independientes, según las mismas fuentes.
Los contables se apresuran a corregir los errores contenidos en las declaraciones de sus clientes y a presentar para ellos declaraciones rectificativas completas o parciales en el plazo de 30 días siguientes a la recepción de la correspondencia enviada por la administración fiscal gracias a los nuevos "algoritmos" interactivos. ¿Qué suerte correrán los retrasados que no presenten sus declaraciones rectificativas en este plazo ? Se enfrentarán a problemas relacionados con la evaluación por parte de la administración de las bases de la imposición de oficio del impuesto y de los derechos de registro. Se han dado instrucciones para recaudarlos con los recargos, multas y sanciones correspondientes, sin posibilidad de impugnación, salvo en las condiciones particulares previstas en el artículo 235 del Código General de Impuestos.
Según las mismas fuentes, los servicios de la Dirección de Impuestos habían recibido, durante los cuatro primeros meses del año en curso, más de 500 solicitudes de acceso a los datos de anomalías detectadas en empresas durante los ejercicios contables no prescritos, en el marco del "derecho al error" (Droit à l’erreur). El objetivo perseguido por estas empresas es obtener una exención de las sanciones por retraso previstas en los artículos 184 y 208 del Código General de Impuestos, que alcanzan el 25% según los casos, incluidas las sanciones financieras aplicadas por retraso en el pago de impuestos (5% y 0,5%). La declaración rectificativa y el pago espontáneo de las cantidades fiscales adeudadas no eximen a las empresas afectadas del control ni del procedimiento de revisión fiscal, se precisa.
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