El CPAS reclama 22.074 € a este marroquí, la justicia reduce la factura a 984 €
Un marroquí instalado en Bélgica debía devolver más de 22.000 euros al CPAS de Anderlecht, que consideraba que había cobrado indebidamente su ingreso de integración durante dos años. Tras perder en primera instancia, obtiene casi totalmente la razón en apelación.
Nacido en 1976, el marroquí llegó a Bélgica en 2008 en el marco de una reagrupación familiar. Tras su divorcio, se instaló solo en un apartamento de Anderlecht. A partir del 1 de agosto de 2016, el CPAS de la comuna le abonó un ingreso de integración correspondiente a la tasa para una persona sola. Su alquiler ascendía entonces a 650 euros al mes, a los que se sumaban 51 euros de gastos de energía.
Durante dos años, su situación aparentemente no planteó ningún problema. Una visita realizada en su domicilio por los servicios del CPAS el 19 de julio de 2017 fue incluso positiva y su derecho a la ayuda fue prorrogado.
Todo cambió en 2018. La administración sospechaba que el marroquí no vivía realmente en Anderlecht, sino en casa de su pareja, en Berchem-Sainte-Agathe. La pareja tiene dos hijos y varios elementos llamaron la atención de los investigadores : él había pagado una factura de agua de la vivienda de su pareja y la suscripción de Proximus de esta también estaba a su nombre.
En Bladi.net : Llegó a Bélgica a los 15 años en 1974 ; este marroquí sin permiso de residencia logra que condenen al CPAS
Entonces se inició una investigación policial. Cuando los agentes comprobaron el apartamento de Anderlecht en septiembre de 2018, otra persona vivía allí. Para el CPAS, ya no había ninguna duda : en realidad, el marroquí nunca habría residido en la dirección declarada.
El 10 de enero de 2019, el CPAS de Anderlecht retiró retroactivamente su derecho y exigió el reembolso de las prestaciones abonadas entre agosto de 2016 y septiembre de 2018 : exactamente 22.074,08 euros. En octubre de 2019, el tribunal de trabajo dio inicialmente la razón al CPAS y condenó también al interesado al pago de los intereses. Así lo detalla la sentencia del Tribunal de Trabajo de Bruselas.
Unas facturas que cambian completamente el caso
El marroquí recurrió y presentó una serie de documentos. Posee un contrato de arrendamiento registrado para su apartamento de Anderlecht y puede demostrar el pago de su alquiler de 650 euros. Su propietario también certifica que efectivamente fue inquilino del inmueble entre julio de 2016 y julio de 2018.
Sobre todo, los consumos de la vivienda se convirtieron en un elemento importante. Las facturas muestran un consumo eléctrico medio de 1.160 kWh al año, muy próximo a los aproximadamente 1.200 kWh considerados como el consumo medio de un hogar de una persona. También se presentaron liquidaciones del agua. A ello se suman la visita positiva del CPAS en 2017 y un certificado de la conserje que afirma haber visto regularmente al marroquí en el edificio.
El Tribunal de Trabajo se mostró particularmente crítico con el expediente construido contra él. Consideró que la decisión del CPAS no había sido precedida por « ninguna investigación social seria » y se basaba en un informe policial incompleto, iniciado a su vez sobre la base de elementos considerados aproximados.
Sobre todo, el control efectuado en septiembre de 2018 no permitía saber dónde había vivido el marroquí durante los dos años anteriores. El hecho de que hubiera tenido dos hijos con su pareja o hubiera pagado algunas de sus facturas tampoco bastaba para demostrar que convivía con ella.
En Bladi.net : Bélgica-Marruecos : la estancia que puede suspender la ayuda del CPAS
El Tribunal consideró finalmente que había vivido solo en Anderlecht del 1 de agosto de 2016 al 31 de julio de 2018. Por tanto, los ingresos de integración abonados durante ese periodo eran debidos y no podían ser recuperados por el CPAS.
En cambio, el marroquí había reconocido haberse mudado con su pareja durante el mes de agosto de 2018. La justicia mantiene, por tanto, únicamente el reembolso de las cantidades percibidas entre el 1 de agosto y el 3 de septiembre de 2018.
Resultado : de los 22.074,08 euros reclamados inicialmente, solo quedan por devolver 983,75 euros. El CPAS tampoco puede reclamar los intereses y debe hacerse cargo de las costas de apelación del marroquí, incluidos 378,95 euros de indemnización procesal.
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