Bloqueado en Marruecos por el cierre de las fronteras, este marroquí debe devolver 4.431 € al CPAS : la justicia dice que no

Jérôme
Bloqueado en Marruecos por el cierre de las fronteras, este marroquí debe devolver 4.431 € al CPAS : la justicia dice que no

Un marroquí que permaneció bloqueado varios meses en Marruecos durante la crisis del Covid debía devolver 4.431,83 euros al CPAS de Lieja. Condenado en primera instancia a devolver el dinero a razón de 100 euros al mes, finalmente ganó el recurso.

Nacido en 1984, el marroquí llegó a Bélgica en 2014 y disponía de una tarjeta de residencia F+. Padre de cuatro hijos, desde 2016 percibía una renta de integración en la categoría de persona sola, así como una ayuda destinada, entre otras cosas, al pago de pensiones alimentarias.

El 19 de febrero de 2020 se marchó a Marruecos. Inicialmente explicó que quería visitar a su padre enfermo y que pensaba quedarse solo una semana. Pero otro motivo también lo retuvo allí : un litigio judicial con su exmujer relativo a su hija, que entonces vivía en Marruecos. Compareció personalmente ante un tribunal marroquí el 25 de febrero.

El problema es que no avisó al CPAS de Lieja antes de marcharse, aunque normalmente debe notificarse toda estancia en el extranjero de al menos una semana.

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Unas semanas después, la situación cambió por completo. A partir del 14 de marzo de 2020, la crisis sanitaria impidió los vuelos de regreso. El marroquí permaneció en el país hasta el 31 de julio, tras la reapertura de las fronteras.

Durante esos cinco meses, sin embargo, siguió pagando sus gastos en Bélgica : 375 euros de alquiler, 85 euros de gastos y 150 euros de pensión alimentaria, a los que se sumaban sus demás facturas.

No fue hasta 2021 cuando el CPAS descubrió su estancia en Marruecos, al leer una decisión del tribunal de familia de Lieja. La administración consideró entonces que había percibido ayudas a las que no tenía derecho durante su ausencia.

Reclamó 4.206,83 euros de renta de integración y 225 euros de ayuda social, es decir, exactamente 4.431,83 euros.

Condenado a devolver 100 euros al mes

El marroquí impugnó la decisión, pero perdió en primera instancia. El 10 de octubre de 2022, el tribunal laboral de Lieja confirmó las decisiones del CPAS y lo condenó a devolver los 4.431,83 euros. Se le autorizó a saldar su deuda a razón de 100 euros al mes.

Recurrió.

El Tribunal Laboral de Lieja dio un vuelco completo al caso. En su sentencia del 4 de octubre de 2023, recordó que, después de cuatro semanas en el extranjero, la renta de integración puede suspenderse normalmente. Pero la ley permite al CPAS mantenerla cuando circunstancias excepcionales justifican la prolongación de la estancia.

Para los jueces, ese era precisamente el caso. Cuando el marroquí debía plantearse regresar, las fronteras estaban cerradas. Debido a su nacionalidad marroquí, no podía beneficiarse de ninguna medida de repatriación y no disponía de ninguna otra solución para regresar a Bélgica.

El Tribunal consideró asimismo que su litigio judicial justificaba su presencia en Marruecos cuando entró en vigor la prohibición de regreso. Además, nada permitía demostrar que hubiera querido defraudar.

Las incoherencias señaladas en sus primeras explicaciones no bastaban para cambiar esta conclusión. Los trabajadores sociales habían constatado por sí mismos sus grandes dificultades con el francés : no siempre comprendía las preguntas y no sabía ni leer ni escribir en esa lengua.

Otro elemento importante : durante toda su ausencia, conservó su vivienda en Bélgica, siguió pagando sus gastos y volvió a residir en esa misma vivienda en cuanto regresó.

En Bladi.net : El CPAS reclama 22.074 € a este marroquí, la justicia reduce la factura a 984 €

Por tanto, el Tribunal reformó la primera sentencia. Finalmente, los 4.431,83 euros no deben devolverse. Al contrario, el CPAS fue condenado a mantener la renta de integración durante el período comprendido entre el 19 de marzo y el 30 de julio de 2020, así como la ayuda social correspondiente entre abril y junio.

La administración también debe asumir las costas del recurso, incluidos 437,25 euros en concepto de indemnización procesal.

La estancia forzosa en Marruecos no le costó, por tanto, 4.431 euros al beneficiario. Para la justicia, el cierre de las fronteras constituía efectivamente una circunstancia excepcional que impedía al CPAS reclamarle las ayudas abonadas durante los meses en los que no podía regresar a Bélgica.

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