Alerta fiscal : Marruecos intensifica control sobre empresas inactivas

Sylvanus
Alerta fiscal : Marruecos intensifica control sobre empresas inactivas

En Marruecos, las empresas que no han presentado declaraciones fiscales ni pagado impuestos durante tres ejercicios consecutivos, consideradas como que han cesado toda actividad, independientemente de su mantenimiento en el registro mercantil, están en el punto de mira de la administración fiscal.

Algunas de ellas ya reciben notificaciones de la administración fiscal que les invita a presentar una declaración de cese de actividad. Estas empresas siguen inscritas en el registro de contribuyentes y están sujetas a la imposición de oficio por cualquier transacción no declarada, según el artículo 228 del Código General de Impuestos (CGI). El fisco puede así determinar el impuesto adeudado a partir de la información disponible. Lo que puede aumentar las deudas de las empresas inactivas.

"Las empresas inactivas representan un alto riesgo fiscal, ya que a menudo se utilizan para emitir facturas ficticias", explica a L’Économiste Mohamadi El Yacoubi, consultor fiscal, añadiendo que estas empresas siguen bajo estrecha vigilancia de la administración debido al potencial de fraude. El mantenimiento artificial de estas empresas activas puede perjudicar a los socios y gerentes. "El fisco envía primero una carta invitando al contribuyente a presentar las declaraciones que faltan en un plazo de 30 días. En caso de no respuesta, una segunda notificación precisa las bases imponibles y las posibles sanciones. El impuesto se emite entonces automáticamente. Sin embargo, el contribuyente puede informar por sí mismo de la reanudación de sus actividades y regularizar su situación", detalla Mohamed Chorfi, experto contable.

Las empresas inactivas tienen la obligación de informar a la administración fiscal de la reanudación de su actividad por carta. El tratamiento de la notificación de cese de actividad, prevista en el artículo 150 del CGI, se realiza idealmente en un plazo de 30 días a partir de su recepción. Los retrasos en la entrega pueden, sin embargo, generar litigios sobre la fecha de notificación. Si el plazo de tramitación supera los 30 días, la empresa se inscribe automáticamente en el registro de empresas inactivas. En cuanto al procedimiento de imposición de oficio, queda suspendido hasta la regularización.