Un terreno recibido gratuitamente en Marruecos podría costarle su vivienda social en Bélgica

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Un terreno recibido gratuitamente en Marruecos podría costarle su vivienda social en Bélgica

Un inquilino de vivienda social de Amberes corre el riesgo de perder su vivienda tras descubrirse que posee junto con su hermano un terreno en Marruecos. El Tribunal de Casación considera que haber recibido gratuitamente este bien no le permite eludir las normas flamencas.

El hombre alquila una vivienda de Woonhaven Antwerpen desde el 1 de abril de 2015. Sin embargo, una investigación reveló que, desde marzo de 2001, era copropietario junto con su hermano de un terreno situado en Marruecos, sobre el que posteriormente se construyó una casa.

El terreno le había sido transmitido gratuitamente. En diciembre de 2021, el arrendador social rescindió su contrato, al considerar que ya no cumplía las condiciones relativas a la propiedad inmobiliaria. Este caso se produce mientras Bélgica intensifica sus controles sobre los bienes inmuebles propiedad de personas en el extranjero, especialmente en Marruecos.

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El inquilino había obtenido inicialmente una sentencia favorable. Al resolver el recurso, la justicia de Amberes consideró que las normas invocadas no se aplicaban a las personas que poseían gratuitamente una parte de un bien inmueble.

El Tribunal de Casación anula la decisión

El Tribunal de Casación belga rechazó esta interpretación en una sentencia dictada el 26 de marzo de 2026. Desde el 1 de marzo de 2017, un inquilino de vivienda social flamenco no puede poseer, ni siquiera parcialmente, una vivienda o un terreno destinado a la construcción, tanto si el bien se encuentra en Bélgica como en el extranjero.

Según el alto tribunal, el origen del bien no cambia nada : la norma se aplica tanto si fue comprado como si fue recibido gratuitamente. El inquilino debía abandonar la copropiedad en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta obligación. Podía solicitar un plazo adicional si disponía de motivos válidos.

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Por tanto, el Tribunal de Casación anuló la sentencia que había rechazado la rescisión del contrato de arrendamiento. No obstante, no ordenó directamente el desalojo del hombre. El caso fue remitido al tribunal de primera instancia de Limburgo. Hasta la fecha, no aparece ninguna nueva decisión en la base de datos pública de la justicia belga.