Radares en Marruecos : el Tribunal de Casación frustra las esperanzas de los automovilistas

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Radares en Marruecos : el Tribunal de Casación frustra las esperanzas de los automovilistas

El Tribunal de Casación ha confirmado que las infracciones registradas por radares homologados constituyen una prueba legal irrefutable. Esta decisión, dictada el 26 de febrero de 2025, valida la constatación técnica automatizada incluso cuando no hay físicamente un agente sancionador.

La sentencia anuló una resolución anterior del tribunal de Ouarzazate, que había absuelto a un automovilista alegando que el agente no había constatado personalmente el exceso de velocidad. La máxima autoridad judicial consagra así la autonomía de los dispositivos técnicos en el marco del Código de circulación.

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Basándose en el artículo 197 de la legislación vial, el Tribunal precisa que el registro electrónico por sí solo basta para establecer la infracción. Según los jueces, « el parte técnico efectuado por los dispositivos automáticos basta para demostrar la infracción », incluso si el radar está oculto.

La legalidad del procedimiento tampoco se ve afectada por las nuevas formas de transmisión, como el envío de fotografías mediante aplicaciones de mensajería. Esta decisión ratifica el uso de las tecnologías para garantizar el control de la circulación y la constatación de las infracciones.

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A partir de ahora, la ausencia de un agente en el lugar en el momento del destello ya no podrá invocarse para solicitar la nulidad de un acta. La prueba procedente de un dispositivo homologado se considera ahora una base jurídica incontestable ante los tribunales.

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