Paga 4.724 euros por los cursos de su esposa en Marruecos y luego los reclama durante el divorcio : el juez aplica la Mudawana

Jalil
Paga 4.724 euros por los cursos de su esposa en Marruecos y luego los reclama durante el divorcio : el juez aplica la Mudawana

Un marroquí-neerlandés reclamaba a su esposa el reembolso de los cursos de integración que ella había seguido en Marruecos antes de reunirse con él en los Países Bajos. El tribunal aplicó la Mudawana y rechazó su demanda de 4.724 euros.

La pareja se casó en Marruecos en 2022. El hombre tiene las nacionalidades marroquí y neerlandesa, mientras que su esposa es marroquí. Después del matrimonio, ella permaneció en Marruecos hasta el 8 de mayo de 2023, fecha en la que se instaló en los Países Bajos.

Entre agosto de 2022 y abril de 2023, la esposa siguió cursos de integración necesarios para obtener su permiso de residencia neerlandés. Su marido afirma haber desembolsado un total de 4.724 euros y sostiene que ella se había comprometido a devolverle ese dinero. En pleno divorcio, pidió por tanto al tribunal que ordenara el reembolso.

En Bladi.net : article 123344

La mujer negó la existencia de tal acuerdo. En su decisión, dictada el 18 de agosto y publicada el 17 de septiembre por el tribunal de Midden-Nederland, el juez constató que el marido no había aportado ningún elemento que permitiera demostrar una promesa de reembolso.

El juez neerlandés aplica la Mudawana

Antes de examinar la reclamación, el tribunal debía determinar si se aplicaba el derecho neerlandés o el marroquí. Los cónyuges no habían elegido ninguna legislación y no habían establecido su primera residencia habitual común en el mismo país durante los seis meses siguientes a su matrimonio : ella todavía vivía en Marruecos, mientras que él ya residía en los Países Bajos.

Por tanto, el juez aplicó el derecho correspondiente a su nacionalidad común en el momento del matrimonio, es decir, el derecho marroquí. La intervención de la legislación marroquí en un procedimiento neerlandés no es excepcional. Recientemente, otro tribunal tuvo que tener en cuenta el derecho marroquí en un caso de reconocimiento de paternidad.

El artículo 194 de la Mudawana establece que el marido debe garantizar la manutención de su esposa durante el matrimonio. Para el tribunal, los cursos de integración entraban precisamente dentro de estos gastos : eran indispensables para que la mujer obtuviera su permiso de residencia y pudiera reunirse con su esposo en los Países Bajos.

Por tanto, los 4.724 euros no constituyen una deuda de la esposa. Incluso en ausencia del artículo 194, la demanda habría sido rechazada por falta de pruebas de un acuerdo que previera el reembolso.

En Bladi.net : article 123321

Finalmente, el tribunal pronunció el divorcio y rechazó la reclamación económica del marido. También fijó la residencia principal de su hija con la madre y decidió que el padre le pagaría 261 euros al mes en concepto de pensión alimenticia.