Justicia marroquí castiga a ferrocarriles por retrasos : obligación de puntualidad
Un retraso de tren entre Marrakech y Rabat llevó a una condena a la Oficina Nacional de Ferrocarriles (ONCF) por parte de la justicia. El tribunal de comercio de Marrakech consideró al operador responsable del perjuicio sufrido por una pasajera, afirmando la primacía de la obligación de resultado.
El caso fue llevado a los tribunales por una abogada que había visto que su tren se retrasaba una hora y cuarto. Argumentó que este contratiempo le había impedido cumplir con misiones profesionales en Rabat y había tenido consecuencias negativas en la relación con una cliente.
Ante la denuncia, la ONCF había argumentado que el retraso se debía a trabajos de mantenimiento, calificándolos de "evento fortuito independiente de su voluntad". El tribunal rechazó este argumento, considerando que "el mantenimiento periódico no constituye un caso de fuerza mayor" porque es previsible e imputable a la propia Oficina.
Confirmando una decisión de primera instancia, la justicia condenó entonces a la ONCF a pagar una indemnización de 10.000 dírhams a la demandante por el "perjuicio moral debido al largo retraso". La Corte de Casación emitió el fallo definitivo, subrayando que el compromiso de la ONCF es "una obligación de resultado que consiste en transportar al pasajero a su destino en el plazo previsto".
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