Jubilados marroquíes en el extranjero : Guía para importar coches con 90% de descuento aduanero

Said
Jubilados marroquíes en el extranjero : Guía para importar coches con 90% de descuento aduanero

Los marroquíes residentes en el extranjero (MRE) mayores de 60 años pueden seguir beneficiándose de una importante exención del 90% en los derechos de aduana al importar un vehículo de turismo a Marruecos.

Sin embargo, el otorgamiento de este beneficio está sujeto a condiciones estrictas. En particular, es necesario justificar al menos diez años de residencia efectiva en el extranjero y no haber sido residente en Marruecos en el pasado. Además, esta exención solo se aplica a los vehículos de turismo (categoría 87.03 del Sistema Armonizado) equipados con motor de gasolina, diésel o híbrido, diseñados para transportar a un máximo de nueve personas (incluido el conductor) y homologados para circular.

Por lo tanto, quedan excluidas las motocicletas, cuatriciclos, vehículos utilitarios, autocaravanas y otros vehículos de uso mixto. Además, cada beneficiario solo puede disfrutar de este beneficio una vez en su vida.

Cabe señalar que la tributación se calcula sobre la base del valor estimado del vehículo en estado nuevo, con un tope de 300.000 dírhams. Por encima de este monto, los derechos e impuestos se aplican de acuerdo con el derecho común.

Finalmente, esta exención del 90% no es acumulable con otros beneficios aduaneros, como la facilidad de "envejecimiento" otorgada en caso de retorno definitivo a Marruecos, los acuerdos arancelarios o de libre comercio, o los beneficios otorgados a los diplomáticos.

Para realizar los trámites de despacho de aduanas, el MRE debe presentarse personalmente en la oficina de aduanas de su elección, con una solicitud en un formulario estándar y los documentos requeridos. Atención, no se aceptan poderes.

En cuanto a la homologación de los vehículos, cabe señalar que ya no se expiden certificados de identificación para los vehículos de más de cinco años. Sin embargo, se hace una excepción para los vehículos de menos de 10 años, siempre que se destinen a uso privado y que el propietario sea un MRE jubilado que justifique al menos 10 años de residencia en el extranjero o de retorno definitivo a Marruecos.