Se divorcian en Marruecos, pero los Países Bajos se niegan a aplicar la decisión respecto a sus hijos

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Se divorcian en Marruecos, pero los Países Bajos se niegan a aplicar la decisión respecto a sus hijos

Una pareja marroquí que vive en los Países Bajos obtuvo el divorcio en Tánger. La justicia neerlandesa reconoce la separación y la pensión alimenticia, pero se niega a aplicar las decisiones del tribunal marroquí relativas a sus dos hijos.

El divorcio fue pronunciado de mutuo acuerdo el 7 de mayo de 2024 por el Tribunal de Primera Instancia de Tánger. La sentencia atribuía a la madre el cuidado de los dos niños, organizaba sus contactos con el padre y fijaba una pensión mensual de 500 dírhams por hijo.

Posteriormente, los excónyuges pidieron a la justicia neerlandesa que reconociera esta decisión, pues cada uno pretendía invocarla en su conflicto sobre la autoridad parental, la residencia de los hijos y la pensión alimenticia.

En una decisión dictada el 4 de agosto y publicada el 25 de agosto, el Tribunal de Apelación de Ámsterdam acepta primero reconocer su divorcio marroquí. Ambos cónyuges tienen nacionalidad marroquí, lo que, según el tribunal, constituye un vínculo suficiente para justificar la competencia del tribunal de Tánger.

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El procedimiento marroquí también respetó los derechos de ambas partes. El padre y la madre habían designado desde los Países Bajos al mismo representante y habían contado con la asistencia de un abogado. No estuvieron presentes en la audiencia en Marruecos, pero pudieron exponer su posición y ambos aceptaban el principio del divorcio.

El tribunal neerlandés también valida la pensión de 500 dírhams al mes por hijo, es decir, aproximadamente 47 euros. Considera que esta parte de la sentencia marroquí no es contraria al orden público neerlandés y podrá ejecutarse en los Países Bajos tras obtener la autorización necesaria.

Los niños vivían en los Países Bajos

La respuesta es totalmente distinta en lo relativo a la autoridad parental y al derecho de visita. Cuando se inició el procedimiento en Tánger, los dos niños residían habitualmente en los Países Bajos. En aplicación del Convenio de La Haya de 1996, las autoridades del país de residencia de los niños son normalmente competentes para tomar decisiones relativas a ellos.

Habría sido posible una excepción si al menos uno de los padres hubiera residido en Marruecos al comienzo del procedimiento. La sentencia de Tánger mencionaba una dirección marroquí del padre, pero el tribunal de Ámsterdam considera que nada demuestra que viviera allí realmente.

Los documentos del procedimiento neerlandés, correos electrónicos y declaraciones de los excónyuges muestran, por el contrario, que ambos se encontraban en los Países Bajos en abril de 2024. Además, habían realizado ante el consulado marroquí los trámites que permitían a su representante sustituirlos ante el tribunal de Tánger.

Por tanto, el tribunal se niega a reconocer las partes de la sentencia marroquí relativas a los hijos. La decisión de Tánger sigue siendo válida para el divorcio y la pensión alimenticia, pero no determina en los Países Bajos quién debe ejercer en exclusiva la autoridad parental ni según qué modalidades el otro progenitor puede ver a los niños.

El caso muestra una vez más las dificultades que pueden surgir cuando se inicia un divorcio en Marruecos mientras toda la familia vive en los Países Bajos. La nacionalidad marroquí de los cónyuges basta aquí para que se reconozca la separación, pero no para transferir al tribunal marroquí la competencia sobre los hijos domiciliados en el extranjero.

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Mientras esperan una decisión definitiva, el padre y la madre continúan ejerciendo conjuntamente la autoridad parental. El calendario de residencia ya fijado por la justicia neerlandesa también sigue siendo aplicable.

Ahora ambos progenitores reclaman la autoridad parental exclusiva. La madre también solicita una pensión de 362 euros por hijo, mientras que el padre reclama a su exesposa 200 euros mensuales por hijo. Estas cuestiones aún no han sido resueltas : el tribunal de Ámsterdam continuará examinando el expediente el 29 de octubre.