Un tribunal marroquí impone un divorcio en Francia

Jérôme
Un tribunal marroquí impone un divorcio en Francia

Acudir primero a la justicia francesa no siempre basta para bloquear un divorcio pronunciado posteriormente en Marruecos. El Tribunal de Casación acaba de recordar las normas específicas aplicables a los matrimonios marroquíes que viven en Francia.

La pareja se había casado el 30 de junio de 2001 en Figuig, Marruecos. La esposa tenía las nacionalidades francesa y marroquí, mientras que su marido era de nacionalidad marroquí. Ambos residían en Francia cuando su separación dio lugar a dos procedimientos paralelos.

En Bladi.net : Divorciado en Marruecos, Aún Casado en Francia

El 9 de marzo de 2018, la esposa acudió primero al juez de asuntos familiares de Bobigny para solicitar el divorcio. Algo más de cuatro meses después, el 17 de julio de 2018, su marido inició otro procedimiento ante la justicia marroquí.

El tribunal de primera instancia de Figuig pronunció su divorcio el 24 de diciembre de 2019. Posteriormente, el marido pidió a la justicia francesa que reconociera esta sentencia para que pudiera producir efectos en Francia.

Su esposa se opuso. Alegó que había acudido al tribunal francés antes que su marido y que la pareja tenía su residencia habitual en Francia.

En enero de 2024, el Tribunal de Apelación de París le había dado la razón. Se había negado a reconocer el divorcio marroquí, considerando que el juez francés, al que se había acudido primero, era el único competente para pronunciarse sobre la separación.

El primer tribunal al que se acude no siempre prevalece

El Tribunal de Casación acaba de anular este razonamiento. Recordó que ambos cónyuges tenían la nacionalidad marroquí. En aplicación de los convenios celebrados entre Francia y Marruecos, los tribunales marroquíes también podían ser competentes para pronunciar su divorcio, aunque la pareja residiera en Francia.

Cuando ya se ha iniciado en uno de los dos países un procedimiento relativo al mismo divorcio, el tribunal al que se acude en segundo lugar debe normalmente suspender su decisión. En este caso, el juez marroquí debería haber tenido en cuenta el procedimiento iniciado anteriormente en Francia.

Pero el incumplimiento de esta regla no permite, por sí solo, denegar todo efecto a la sentencia marroquí. Por tanto, el hecho de que la esposa hubiera presentado su solicitud en Francia cuatro meses antes que su marido no bastaba para excluir automáticamente el divorcio pronunciado en Figuig.

En su sentencia del 25 de marzo de 2026, el Tribunal de Casación precisó que un divorcio marroquí debe reconocerse en Francia si cumple las demás condiciones previstas por los convenios franco-marroquíes : competencia del tribunal, citación regular de las partes, sentencia definitiva y ausencia de contradicción con el orden público o con una decisión francesa que haya adquirido fuerza de cosa juzgada.

No obstante, el Tribunal de Casación no hizo que el divorcio marroquí fuera inmediatamente aplicable en Francia. Anuló la decisión del Tribunal de Apelación de París y remitió el asunto al Tribunal de Apelación de Versalles, que deberá comprobar si se cumplen todas las condiciones de reconocimiento.

En Bladi.net : article 108433

La sentencia establece, no obstante, un principio importante para las parejas franco-marroquíes : iniciar un procedimiento de divorcio en Francia no garantiza que la sentencia francesa prevalezca. Un divorcio pronunciado posteriormente en Marruecos aún puede ser reconocido, especialmente cuando ambos cónyuges tienen la nacionalidad marroquí.