Tribunal gallego obliga a contratar a cocinero marroquí ante escasez de personal cualificado

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Tribunal gallego obliga a contratar a cocinero marroquí ante escasez de personal cualificado

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha ordenado la expedición de un permiso de residencia temporal a un marroquí para trabajar como ayudante de cocina en un restaurante marroquí en Pontevedra, después de que el servicio público de empleo certificara que no había otros candidatos calificados para el puesto.

El tribunal superior rechazó la solicitud de la Subdelegación del Gobierno de Pontevedra, confirmando la decisión del tribunal de primera instancia que había reconocido este derecho al marroquí, informa Europa Press. Los jueces explicaron que, de acuerdo con el artículo 65.2 del Real Decreto 557/2011, "la situación nacional de empleo se considerará que permite la contratación en ocupaciones no calificadas como de difícil cobertura cuando el empleador ponga en conocimiento de la Oficina de Extranjería la dificultad de cubrir los puestos vacantes con trabajadores ya incorporados al mercado laboral nacional".

Además, el Real Decreto establece que "la Oficina de Extranjería tendrá en cuenta el informe presentado por los servicios públicos de empleo, así como la urgencia de la contratación acreditada por la empresa", recuerda el Tribunal Superior de Galicia, que considera que en este caso se ha seguido el procedimiento requerido. Una oferta de empleo se "formuló de manera precisa y adaptada a los requisitos del puesto, sin contener exigencias que no estén directamente relacionadas con su ejecución" y el Servicio Público de Empleo (SEPE) "facilitó el contacto entre el empleador y los candidatos que se ajustaban a sus requisitos", sostienen los jueces.

Al final del proceso, se presentaron seis candidatos, todos los cuales fueron rechazados por diferentes razones. "La certificación proporcionada de la insuficiencia de solicitantes de empleo para ocupar el puesto es manifiestamente suficiente para justificar la ausencia de candidatos aptos para ocupar el puesto ofrecido, no solo porque se han seguido todos los pasos previstos, sino también porque la inaptitud de los candidatos que se presentaron ha quedado perfectamente establecida", argumentó el Tribunal Superior.

Los jueces también sostienen que el requisito de dominar el árabe o el dariya solicitado en la oferta de empleo no puede considerarse "discriminatorio". Finalmente, consideran que el marroquí es apto para ocupar el puesto, señalando que ha presentado en su solicitud un certificado de inscripción en el Registro Marroquí de Artesanía en la categoría de restauración, con fecha del 15 de agosto de 2023. Por todas estas razones, el Tribunal Superior de Galicia ha ordenado a la administración que expida al marroquí un permiso de residencia temporal para que pueda ocupar este puesto.