Marruecos se debate entre la tradición islámica y los derechos del niño : El ADN como prueba de paternidad divide al país

Said
Marruecos se debate entre la tradición islámica y los derechos del niño : El ADN como prueba de paternidad divide al país

El rechazo al uso de la prueba de ADN para establecer la filiación paterna está en debate en Marruecos. Entre el apego a los fundamentos islámicos y los requisitos de los derechos del niño, la justicia marroquí tiene dificultades para resolver. El caso emblemático del tribunal de Tánger en 2017 es una ilustración de ello.

El debate sobre el reconocimiento de los niños nacidos fuera del matrimonio vuelve a surgir con motivo de la reforma en curso del Código de Familia. Entre las propuestas emitidas por las instituciones democráticas y la sociedad civil se encontraba la introducción de la prueba de ADN como prueba legal para establecer la paternidad. Una medida muy esperada, especialmente para defender los derechos de los llamados niños "naturales". Pero el Consejo de Ulemas se opuso a ella, en nombre de la preservación de los fundamentos de la familia islámica, según se lee en el Policy Paper del Policy Center for the New South.

La legislación marroquí, en su forma actual, sólo reconoce la filiación paterna (nasab) a partir de tres condiciones muy precisas : relaciones conyugales, confesión del padre o una relación sexual considerada como un "error". El ADN no figura en ella, a pesar de los avances científicos y los compromisos internacionales de Marruecos en materia de protección de la infancia.

Esta resistencia religiosa se enmarca en un contexto constitucional ambiguo. El artículo 32 de la Constitución de 2011 afirma que la familia se basa en el vínculo legal del matrimonio. Esta referencia firme al matrimonio como único fundamento de la filiación dificulta el reconocimiento de los niños nacidos de relaciones fuera del matrimonio.

El caso del tribunal de Tánger, en 2017, ilustró toda la complejidad del tema. Una primera sentencia había reconocido la filiación de una niña a su padre biológico, después de una prueba genética. Una decisión saludada como histórica. Pero el tribunal de apelación y luego el Tribunal de Casación habían anulado esta sentencia, alegando que no respetaba las normas de filiación establecidas por la Mudawwana.

Para los defensores de los derechos humanos, esta decisión supone un retroceso con respecto al interés superior del niño. También muestra que la justicia marroquí sigue muy marcada por una lectura conservadora del derecho islámico, en detrimento de la realidad social : más de 50.000 niños nacen cada año fuera del matrimonio, según las cifras citadas en el informe.

La reforma del Código de Familia podría haber corregido este desequilibrio al integrar la prueba de ADN como una prueba legal, al igual que las demás. El rechazo de esta propuesta, a pesar de las expectativas de la sociedad civil, revela una tensión persistente entre el marco de referencia religioso y el marco de referencia universal de los derechos humanos.

Para las ONG y los juristas movilizados, el recurso a la pericia de ADN no cuestiona los fundamentos del islam, sino que simplemente permitiría garantizar a cada niño su derecho a la identidad, tal como se reconoce en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (artículo 7). Una exigencia de igualdad, pero también de dignidad.