MRE : su pasaporte ya no basta para matricular un coche en Marruecos

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MRE : su pasaporte ya no basta para matricular un coche en Marruecos

Marruecos acaba de modificar las normas de matriculación de vehículos. Para los marroquíes residentes en el extranjero, el nuevo texto precisa los documentos que permiten justificar su residencia al realizar trámites en Marruecos.

Una orden del Ministerio de Transporte y Logística, publicada en el Boletín Oficial del 3 de agosto, modifica la normativa que regula la matriculación, la transferencia de propiedad, la renovación y la expedición de un duplicado del permiso de circulación.

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Para los MRE, el nuevo anexo relativo a la prueba de residencia enumera tres documentos : una copia del documento nacional de identidad electrónico en vigor con una dirección en el extranjero, un certificado administrativo que establezca la dirección de residencia temporal en Marruecos y una copia del permiso de residencia en el extranjero en vigor.

El cambio es importante con respecto a las normas presentadas hasta ahora por la administración, que mencionaban, entre otros documentos, un certificado de residencia acompañado del permiso de residencia en el extranjero o del pasaporte marroquí en vigor. En la nueva lista específica para los MRE, el pasaporte ya no aparece entre los documentos justificativos previstos.

Los coches comprados en el extranjero también se ven afectados

La orden también actualiza el procedimiento aplicable a los vehículos nuevos o usados comprados fuera de Marruecos.

Para un coche usado, el expediente debe incluir, entre otros documentos, el original del permiso de circulación extranjero y permitir establecer la identidad de su propietario. El contrato de compraventa debe llevar la firma del vendedor mencionado en dicho permiso.

El certificado de despacho de aduanas también debe expedirse a nombre del nuevo propietario, al igual que el futuro permiso de circulación marroquí. Estas dos obligaciones ya existían y se mantienen en el nuevo sistema.

La reforma también desarrolla los trámites electrónicos. Las solicitudes de matriculación, transferencia de propiedad, renovación o duplicado podrán prepararse electrónicamente de conformidad con la legislación sobre el intercambio electrónico de datos.

Estos cambios figuran en la Orden n.º 640.26 del ministro de Transporte y Logística, de fecha 26 de marzo de 2026 y publicada en el Boletín Oficial del 3 de agosto de 2026.

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Algunas disposiciones relativas a los ciclomotores y vehículos similares no entrarán en vigor hasta el 1 de enero de 2027, pero este aplazamiento solo afecta a las medidas expresamente contempladas por el texto.