Un marroquí solicita asilo porque quiere la mayor parte de la herencia : España dice no

Bladi
Un marroquí solicita asilo porque quiere la mayor parte de la herencia : España dice no

La justicia española ha rechazado definitivamente la solicitud de asilo de un ciudadano marroquí. Este último afirmaba estar amenazado de muerte por su propia familia en Marruecos debido a un conflicto de herencia.

La Audiencia Nacional consideró que los hechos presentados, aunque se refieren a un conflicto, no constituían un motivo de protección internacional. El abogado del Estado sostuvo que las amenazas invocadas se referían a un "conflicto privado y familiar", sin relación con los motivos de persecución previstos por la ley, como la raza, la religión o las opiniones políticas. El tribunal confirmó esta interpretación, considerando que el solicitante no había logrado probar la existencia de una persecución en el sentido legal.

El solicitante había presentado su solicitud en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Barcelona en julio de 2022. Sostenía que, como "único hombre de la familia", tenía derecho a la mayor parte del patrimonio, lo que le valía amenazas de sus familiares. Su defensa intentó hacer creer que su posición de "heredero" lo colocaba en un "grupo social determinado" en el sentido de la ley de asilo, un argumento que el tribunal no aceptó.

Un rechazo confirmado a todos los niveles

El Ministerio del Interior había rechazado inicialmente la solicitud en agosto de 2022, una decisión confirmada en revisión unos días después. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) también había emitido dos informes desfavorables a la admisión de la solicitud, considerando que no se cumplía ningún criterio.

La Audiencia Nacional también descartó una solicitud subsidiaria de protección por razones humanitarias, por falta de pruebas de una vulnerabilidad particular. El tribunal validó el procedimiento administrativo, incluidos los plazos de notificación que fueron impugnados por el solicitante, y condenó a este último a soportar los costos judiciales, limitados a 1.000 euros.